Sociología general: El control social (monografía anónima de Wikipedia)

El control social

Monografía Anónima


1. 1. Conceptos de Control Social

Es el conjunto de prácticas, actitudes y valores destinados a mantener el orden establecido en las sociedades. Aunque a veces el control social se realiza por medios coactivos o violentos, el control social también incluye formas no específicamente coactivas, como los prejuicios, los valores y las creencias.

En este sentido, también se puede afirmar que el control social, es pues, un conjunto de procedimientos, recursos o dispositivos, por medio de los cuales la sociedad u otros grupos dentro de ella, consigue que la conducta de sus unidades componentes (individuos o grupos) se conforme a lo que de los mismos se espera.


2. 2. Origen y evolución histórica del término Control Social

El uso originario del término Control Social se remonta a la segunda mitad del Siglo XIX en los EE. UU. encontrándose indisolublemente asociado a la impostergable necesidad de integrar en un mismo marco social las grandes masas de inmigrantes que como fuerza de trabajo acudieron a la convocatoria migratoria generada por el proceso de industrialización de la naciente potencia norteamericana. La perentoria demanda organizativa de este cúmulo poblacional migratorio, caracterizado por su variada cosmovisión cultural, religiosa, etc.; demandó la necesidad de localizar vías sociológicas de integración que superarán estas diferencias culturales y que a partir del desarrollo de normas comporta mentales, garantizaran una convivencia social organizada.

A raíz de ello aparece el fenómeno del Control Social; la paternidad científica de la expresión Control Social pertenece al sociólogo norteamericano EDWARD ROSS, quién la utilizó por primera vez como categoría enfocada a los problemas del orden y la organización societal, en la búsqueda de una estabilidad social integrativa resultante de la aceptación de valores únicos y uniformadores de un conglomerado humano disímil en sus raíces étnicas y culturales. La pretendida coincidencia axiológica propugnada en la obra de ROSS alrededor del concepto de Control Social, motivó que su posición científica fuese catalogada críticamente dentro del "monismo social".

El sentido otorgado por ROSS a este nuevo concepto excluía de cierto modo los controles estatales, tanto legales como políticos, los que en la práctica demostraron su inoperancia para construir la necesaria armonía social. Desde esta perspectiva, la esencia controladora sería asumida por la sociedad a través de la interacción social persuasiva , de la cual se derivaba el moldeamiento de la conciencia individual a las necesidades de su entorno, produciéndose entonces un proceso de asimilación e internalización individual de las normas culturales
Los representantes de la corriente estructural-funcionalista que mayor trascendencia tuvieron en el tema que nos ocupa fueron: DURKHEIN, PARSONS y MERTON. Todos los cuales de una u otra forma coinciden en reconocerle a la organización estatal una alta cuota de representatividad en el Control Social de la conducta desviada. El sociólogo francés EMILE DURKHEIM se destaca en el ámbito del estudio delictivo por su tesis sobre la normalidad de la criminalidad y el importante rol que juega esta última en el mantenimiento de la cohesión y la solidaridad social; llegando a afirmar que el delito representa un "factor de salud pública" por cuanto garantiza la movilidad y alternancia de la generalidad de las normas sociales, incluidas las que promulga el

3. Teorías del Control Social

El razonamiento sustentador de tales posiciones parte de la supuesta obviedad benéfica que en el plano material proporciona el actuar delictivo, pues asegura el acceso a las metas perseguidas de una forma expedita; lo que permite a los teóricos del control afirmar que, por decantación lógica, el comportamiento más racional sería la comisión de crímenes para obtener los beneficios deseados.

Así pues, el centro del interés de las Teorías del Control Social radica en explicar los motivos que dominan el comportamiento respetuoso de la Ley, responder al cuestionamiento de ¿por qué? no todas las personas cometen delitos. A tales efectos desarrollan diversas posiciones doctrinales, cuyas principales manifestaciones se pueden resumir de la siguiente manera:


3.1 La Teoría del arraigo social

Conocida también como la teoría de los vínculos sociales fue desarrollada por HIRSCHI partiendo del criterio de que el control necesario para que el individuo no actúe delincuencialmente, radica en los nexos que el mismo establece con la sociedad, lazos cuya ruptura significarían una sensible pérdida para la persona. Cuando se carece de esos vínculos o los mismos se debilitan desaparece el arraigo social que funciona como muro detentivo del actuar criminal. La necesidad de autopercibirse y ser reconocido como integrante pleno y respetado de los diversos grupos sociales de pertenencia actúa como elemento conductual controlador, según esta posición teórica.


3.2.La Teoría de la conformidad diferencial

Los sustentadores de esta posición, BRIAR y PILIAVIN, apoyan su teoría en dos aspectos o premisas fundamentales: la posibilidad de afectación del individuo por estímulos pasajeros y el diferenciado grado de compromiso de la persona con los valores socialmente aceptados. El resultado de la interacción de ambas variables siempre resultará diferente en dos seres humanos sometidos a condiciones estimulantes análogas, partiendo de que esos individuos poseen grados no equivalentes de conformidad con los valores sociales. "Lo que significaría que, en situaciones equiparables, una persona con elevado grado de compromiso o conformidad hacia los valores convencionales es menos probable que se involucre en comportamientos delictivos que otro individuo con inferior nivel de conformismo".


3.3.La Teoría de la contención

La peculiaridad doctrinal del segmento de los teóricos del control que nos ocupa, radica en la valorización de los elementos de índole individual en el contexto de un enfoque de tendencia sociológica. RECKLESS, reconocido como el autor principal de esta variante centra la atención en el rol determinante que juegan las cualidades personales, las que en algunos casos funcionan como factores inmunizantes dentro de un microambiente netamente delictivo; constituyendo los llamados mecanismos de contención. Dichos mecanismos pueden poseer índole interna o externa; en el caso de los primeros se refiere a los mecanismos subjetivos propios de la personalidad, tales como: buen concepto, proyectos vitales bien definidos, adecuada tolerancia a la frustración, etc. En lo que respecta a los mecanismos de contención externos se citan los relacionados con el control normativo social, ejemplo: códigos morales sólidos, roles sociales bien estructurados, disciplina social supervisada y efectiva.


3.4.La Teoría del control interior

A los efectos de la teoría del control interior, el accionar delictivo aparece por la inconsistencia controladora de los grupos primarios que no han conseguido, que sus miembros, internalicen las reglas y roles necesarios; lo cual significa que el control social no ha derivado convenientemente en control personal interno; entendido este último como la trascendencia funcional efectiva a la esfera volitiva, de los valores y normas socialmente prevalentes. Para REISS, sustentador de esta tesis, la criminalidad aparece como derivación de la disfuncionalidad de controles sociales ineficientes y la consecuente debilidad del control personal o interior.


3.5. La teoría de la anticipación diferencial

Los razonamientos propios del enfoque de la anticipación diferencial presupone un trabajo intelectivo detallado del individuo, en el que pondera los costes y beneficios que podría reportarle el delito. Esta teoría "se formula por D. GLASER, quién trata de conciliar con ella la teoría del control social y los conceptos básicos de la asociación diferencial. Su postulado es muy simple: la decisión de cometer o no delito se halla determinada por las consecuencias que el autor anticipa". El núcleo duro del análisis descansa en la inclinación ventajosa o desventajosa de las expectativas, grado de beneficio que se relativiza a partir de la profundidad del contacto de cada persona con los modelos criminales.

Conclusivamente puede afirmarse que las Teorías del Control Social superan la visión macrosociológica de la corriente estructural-funcionalista, valorando al Control Social desde una posición dicotómica relacionada con el carácter externo o interno del control y prestándole especial relevancia a la función de los grupos pequeños de pertenencia del individuo. En este sentido "las teorías del control acostumbran a ser vista de forma errónea como teorías de las cuales se deriva una demanda de mayor control penal. Sin embargo, ello es incorrecto, pues, (...), el énfasis de las teorías del control reside en el control social, esto es, en aumentar el vínculo de la persona con las instituciones sociales que es lo que (...) evitará que la persona realice delitos".

Las teorías del Control Social son cuestionadas por diversas razones entre las que se destaca su renuncia a localizar el factor positivo que genera la comisión de delitos y consecuentemente reconocen la existencia de un factor negativo provocador del acto criminal, a saber "presumen que la ausencia de control basta para provocar inevitablemente, por sí sola, la realización de actos delictivos".


4. 4. Análisis de la definición de Control Social

La vida en sociedad hace necesario que se desarrollen mecanismos que garanticen que los miembros del grupo van a comportarse según los valores del mismo. El proceso de organización social hace que esos instrumentos vayan siendo más complejos, en la relación del control social vamos a encontrar dos sujetos:

A.- Sujeto Activo: La sociedad o grupo dentro de ella que ejerce la presión o el control. Los sujetos que ejercen el control social se les denomina órganos de control social y se definen como: sociedades, grupos o vínculos sociales capaces de producir y aplicar las diversas clases de control social.

Referente a lo anteriormente expuesto, tenemos los siguientes ejemplos de órganos del control social. Como lo son la familia, El Estado, la iglesia, los partidos políticos, la prensa, entre otros.

B.- Sujeto Pasivo: El individuo o grupo que recibe la presión para que adapte su conducta según los valores sociales. Aquí podemos mencionar la distinción clara entre el control social y en autocontrol. En el autocontrol es el propio individuo en que intenta regular su conducta de acuerdo con los valores o normas que se ha propuesto cumplir; no hay presencia de un sujeto activo colectivo. En cambio, en una relación en la que se manifiesta el control social, el individuo es sujeto pasivo que recibe la influencia del grupo, la presión social para que se adapte a sus valores o normas.

El objetivo del control social es lograr que los miembros que integran la sociedad amolden su conducta según los lineamientos del grupo social.


5. Características generales de las normas de control social

Las características que desarrollaremos a continuación son comunes a diferentes clases de control social.

• Normativa o prescriptivas: porque a través del control social se estatuye normas de obligatorio cumplimiento para los integrantes de la sociedad. Se busca regular el comportamiento de los individuos para que cumplan con las obligaciones que les impone su pertenencia al grupo social.

• Sancionadoras: Cuando se produce la violación o incumplimiento de las normas en la sociedad, el individuo que incumple será sancionado por su violación. La sanción variará según el tipo de norma de control social que ha sido violada.

• Uniformadoras: Como ya menciono en la definición de control social, el objetivo del mismo es lograr que la conducta de los individuos que integran la sociedad actúen conforme a las normas establecidas. Por ello el resultado eficaz del control social debe lograr la uniformidad de la conducta colectiva. Evidentemente sería utópico pensar que todos los miembros de la sociedad van a actuar conforme a las reglas, pero sí, es posible y necesario que la mayoría de los individuos acaten dichas normas. Si este efecto no se logra y la mayoría se desvía de las expectativas de la sociedad, estaríamos en presencia de una situación anárquica que los sociólogos han denominado Anomia, que implica según Durkheim una ruptura entre las partes componentes del todo social, debido al relajamiento del orden. Cuanto más sea el relajamiento del orden social, mayor será la situación de anomia. Si el grado de incumplimiento de las normas sociales por parte de sus integrantes alcanza una situación grave, solo se lograría la recuperación del orden social a través de un cambio profundo de sus estructuras.

• Relativas: La relatividad de las normas del control social está vinculada a su carácter de producto social. Las normas establecidas por la sociedad son creadas por ellas, para regular las conductas de sus integrantes. Para que dichas normas puedan cumplir su misión y gozar de eficacia, se requiere su permanente adaptación a los cambios que se producen en la sociedad. Por ello son relativas, por cuanto deben adecuarse a las cambiantes circunstancias de la sociedad en la cual se aplica.

• Requieren de cierto grado de aceptación: Para que los integrantes de una sociedad, se sientan obligados a respetar las normas de control social, no basta el temor a ser sancionados o castigados, es necesario que exista el convencimiento de que dichas normas merecen ser acatadas, bien sea por su utilidad, por su justicia, por su adecuación a las expectativas sociales.


6. Medios de Control Social

Los medios de control social se dividen o clasifican en:

A. Medios Informales del Control Social.

Son aquellos que no están institucionalizadas, se ejerce a través de manifestaciones que no alcanzan un cierto grado de precisión y regularidad. No hay una organización que nos permita jerarquizar autoridades creadoras de dichas normas.

La Familia: Es el primer grupo de referencia para el ser humano, en su seno el individuo no sólo nace, crece y se desarrolla sino también va adquiriendo las primeras nociones de vida e incorpora, a través de las relaciones afectivas con los adultos, vivencias de amor, de respeto, de justicia y de solidaridad.

La escuela: Se le atribuye un papel fundamental al igual que a la familia. A ella se integra el individuo en edades tempranas, cuando ya está preparado para salir del seno familiar y adquirir otros tipos de conocimientos a través de la enseñanza y el contacto con personas ajenas que son portadoras de otros valores. En esta etapa comienza a manifestarse ya la influencia del grupo, cuyas pautas debe aceptar el individuo con el objetivo de formar parte de él, o por el contrario, no aceptarlas, por no corresponderse estas con sus patrones de conducta y normas.
Comenta Göppinger que en numerosas investigaciones pedagógicas y sociológicas, que se han realizado sobre la relación entre la escuela y el comportamiento social de los individuos, se han constatado conexiones del fracaso escolar con la irregularidad social.

La Religión: Esta siempre se caracterizó por ser un instrumento de dominación muy fuerte, tan es así que cuenta con un Estado propio (El Vaticano). En países como el antiguo Egipto, por ejemplo, los sacerdotes influían de tal manera en la sociedad que incluso los gobernantes se sometían a ellos y eran los que prácticamente determinaban las políticas del Estado.

La religión, en algunas regiones o países tiene un fuerte arraigo dentro la sociedad a tal punto que la orientación religiosa de los Estados se hace constar en las leyes constitucionales y cuenta con centros de enseñanza importantes a los que los miembros de la sociedad aspiran al objeto de obtener una formación profesional de consideración.

Las organizaciones de masas: Están insertas dentro de la sociedad como una forma de organización de los individuos, tienen sus propias reglamentaciones y aplican sanciones morales a aquellos que se desvían del cumplimiento de las normas establecidas por la sociedad.

Los grupos informales y la comunidad: Constituyen mecanismos independientes del control social informal y tienen una influencia directa sobre los individuos por ser allí donde éstos se desenvuelven


B. Medios Formales del Control Social

Se puede clasificar el control social de acuerdo a la actividad coactiva del Estado de la siguiente forma:

Control Social Persuasivo: es una clase de control social que induce a los integrantes del grupo a adecuarse a las normas establecidas, pero no cuenta para su cumplimiento con el apoyo del aparato coactivo estatal. Se trata de persuadir o convencer por distintos medios a los integrantes del grupo, para que actúen conforme a las normas del mismo. Por ello se afirma, que se manifiesta de manera espontánea, a través de la actuación de los diferentes órganos de control social que enumeramos con anterioridad. Por ejemplo, la familia intenta transmitir los valores morales y las costumbres a sus integrantes. Si esta institución social lograra su cometido, se aliviarían muchos de los serios problemas sociales que agobian a nuestro país.

Control Social Coactivo: es un tipo de control social que cuenta con el aparato coactivo del Estado para exigir que sean cumplidas las normas establecidas. En este sentido, el único control social coactivo es el Derecho, por cuanto se produce una violación de las normas jurídicas, se cuenta con el apoyo de la fuerza coactiva del Estado para exigir su cumplimiento. Uno de los elementos esenciales del Estado, es que éste goza del monopolio del uso de la fuerza en una sociedad. Pues bien, ese ente denominado Estado está al servicio del cumplimiento forzoso de las normas jurídicas.


7. El Derecho como Forma de Control Social

Es obvio que el derecho, como orden coactivo de conducta humana, es una de las formas de control social. Al Derecho se le aplican tanto la definición como las características generales de todo control social. Pero si queremos llegar a precisar y distinguir al Derecho del resto de los controles sociales, es necesario analizar sus características específicas y diferenciadoras.

Características específicas del Derecho como Control Social

1.- La Coercibilidad: Esta característica ha sido definida como la posibilidad lógica de que la norma jurídica se cumpla, aún en contra de la voluntad del sujeto obligado. Es decir, que la persona que integra un grupo social sabe (o se presume que sabe) que si no cumple con lo establecido en dicha norma, se le aplicará la sanción jurídica respectiva, a través de la fuerza coactiva del Estado. Esta característica le da al Derecho la eficacia e importancia como forma de control social. Se puede afirmar entonces, que la coercibilidad es la coacción en potencia.

2.- La Sanción Jurídica: La sanción como consecuencia de la violación de una norma jurídica, cuenta con el apoyo del aparato coactivo del Estado para su ejecución, es decir, que goza de la coacción para hacerse cumplir. Las sanciones en los demás tipos de control social son ejercidas por la colectividad. Se puede decir que la coacción es la materialización de la posibilidad lógica contenida en la coercibilidad.

3.- Es un Control Social Complementario: Por cuanto entra en funcionamiento cuando los controles sociales persuasivos han sido insuficientes para lograr hacer cumplir determinadas normas sociales. Es decir, si los controles persuasivos fallan, la sociedad apelará al Derecho como la única forma de control social coactivo.


Bibliografía

Abreu M; González L; Preferencias recreativas de los jóvenes cubanos. Centro de estudios sobre la juventud. Informe de Investigación. Cuba 1997.

Acosta, J: Recepción crítica del mensaje televisivo. Tesis de grado. Fac. Comunicaciones., Univ. De La Habana. 1993.

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